Efectos del ruido

El ruido influye en el comportamiento de las personas causando alteraciones fisiologicas y psicologicas.

En función de los efectos que causas se clasifican en:.

 

Formación y legislación

El ruido tiene que ser considerado como una externalidad, esto lleva a que tiene que ser las Administraciones las que regulen mediante leyes, decretos y ordenanzas las situaciones en que los ruidos pueden pueden causar daños fiscos o psicolgicos a las personas. Estas acción legislativa debe tener dos objetivos, por una parte sentar las bases que se han de cumplir, poner los medios para poder sancionar las situaciones en las que so se cumplan los valores limites dispuestos y ejecer una acción formativa que haga que los ciudanos asuman la realidad que todos somos fuentes de ruido y que tiene que ser el espiritu de la responsabilidad social tanto individual como corporativa la que ponga las bases para solucionar los problemas de ruido.

La legislación tiene dos ramas una representa la regulación del ruido social, que sería el ruido medioambiental y la otra el ruido en el puesto de trabajo desde el punto de vista en que el ruido causa daños a fisicos.

El Ruido medioambiental esta regulado por la Ley 37/2003 de 17 de Noviembre.

El ruido en el puesto de trabajo tiene como elemento regulador Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido, que fija como limites de ruido en los puestos de trabajo en el articulo 5.2: 

donde los valores son nivel equivalente diario. 

 

  1. Valores límite de exposición: LAeq,d = 87 dB(A) y Lpico= 140 dB (C), respectivamente;
  2. Valores superiores de exposición que dan lugar a una acción: LAeq,d = 85 dB(A) y Lpico = 137 dB (C), respectivamente;
  3. Valores inferiores de exposición que dan lugar a una acción: LAeq,d = 80 dB(A) y Lpico = 135 dB (C), respectivamente.

Existen normas de bienestar animal en las que el ruido es un factor a considerar dentro de las explotaciones ganaderas

Percepción y nivel 

Los conflictos generados por el ruido se pueden agrupar en dos tipos: conflictos de nivel y conflictos de percepción. Los conflictos de nivel afectan a aquellas zonas de  la ciudad donde se superan los niveles correspondientes a los objetivos de calidad fijados para cada tipo de zona en el Real Decreto 1367/2007, que desarrolla la Ley del Ruido. Los conflictos de percepción se dan en las zonas donde sus habitantes están molestos con el ruido que tienen que soportar, independientemente de que el nivel de ruido que existe en esa
zona supere o no los niveles fijados por Real Decreto. Para detectar estos últimos conflictos es necesario realizar  un estudio psicosocial en la población.
En las gráficas siguientes se muestran algunos resultados obtenidos en el estudio psicosocial realizado en la ciudad de Málaga, ligado a la elaboración del Mapa de Ruido de esta ciudad. La muestra utilizada estaba constituida  por 741 ciudadanos debidamente seleccionados.  Estas gráficas son las que tienen que ver con las relaciones entre los niveles de ruido a los que están sometidos los ciudadanos y la molestia por ellos percibida.

en la figura  se detecta una tendencia ligeramente creciente y una  oscilación  en torno a la recta de ajuste.  La tendencia creciente es algo que aparece siempre en este tipo de estudios, mientras que de la oscilación entorno  a la recta de ajuste, no se ha encontrado ninguna referencia que recoja este comportamiento. La justificación de este hecho no es fácil de hacer, y creemos que puede estar influenciada por el hecho de que las personas acaban habituándose al ambiente sonoro en el que viven.

Otra visión más es que las personas, en las actividades que realizan, tienen unas fronteras, asi cunado estamos en descanso necesitamos niveles inferiores a 40 dB, cuando superamos esa situación y pasamos a estados de mayor actividad las molestian disminuyen . Si iniciamos una actividad de trabajo en el que la concentración es necesaria niveles de los 55 dB nos producen molestia. Cuando estamos en la calle o desarronando actividades normales de convivencia los niveles superores a 65dB no nos producen malestar hasta que el ruido interfire y se  producen efectos de enmascaramiento de la conversación, y en las que las señales de peligro estan siendo enmascaradas, se produce el incrememento de molestos con el nivel. pasando al siguiente estado que será cuando el ruido produce molestias físicas.

En el trabajo "Percepción del ruido por los ciudadanos...." se pone de manifiesto que no solo el nivel de presión existente fija la molestia que produce el ruido, aunque el número de afectados aumenta con el nivel, existen otros factores que se manifiestan en zonas concretas, generalmnete en función de la actividad que desarrolla el individuo que modifican el número de afectados y por tanto la percepción. Esto se manifiesta en el indice de evaluación de la molestia de A.Wisner, este indice está basado en el establecimiento de unos niveles de intensidad considerados como normales en función de la frecuencia y según las diferentes zonas de estancia o trabajo