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Es posible realizar conciertos en directos cumpliendo con la Normativa?

Últimamente estamos oyendo, que una medida para fomentar la cultura es  permitir y promover las actuaciones en directo en locales de ocio, con justificaciones tales como que "la música no es un ruido", lo cual es cierto para los que están en el recinto del concierto, pero pasadas las fronteras del recinto se convierte en una señal contamínate que seguramente muchos tomaran como una molestia.

Aparentemente esta decisión no presenta más que ventajas, ya que permitiría que grupos de música noveles tuviesen acceso al contacto con el público, lo que mejoraría, sin duda, su difusión y posible financiación. El problema en que fuera del recinto del local la música se convierte en ruido por lo que no todos los locales reúnen las condiciones acústicas  necesarias respecto las condiciones de las fuentes sonoras y el aforo que tienen que albergar.  Resulta imprescindible conjugar, al mismo tiempo, el permiso de estas actuaciones en directo, con el respeto escrupuloso de las normativas de emisión en materia de ruido hacia el exterior y locales colindantes; en su mayor parte viviendas.

Realizar actuaciones  en directo presenta ciertas particularidades  a tener en cuenta desde el punto de vista de la fuente emisora. La primera y fundamental es que tenemos dos fuentes en una. Por una parte está el equipo que sonoriza la sala y que da servicio al público asistente;  y por otra está la parte de monitores que da retorno a los artistas y que les permite “oírse”. Esta fuente parece ser fundamental para el buen resultado del concierto, pero presenta ciertas dificultades a la hora de realizar el control de emisión, ya que una limitación fuerte hace que el artista tenga un falso retorno en las subidas y esto hace que se desgañite o desafine.  Este problema también se presenta en los karaokes, y es más notorio cuando los locales son pequeños y hay poca separación entre intérprete  y público.  Una forma sencilla de solucionar estos problemas hoy día es el uso de “pinganillos” que permiten enviar al artista la mezcla que él considera mejor, sin afectar a los demás músicos ni tampoco al público; aunque por desgracia  a veces no se dispone de esta solución.

La segunda fuente es la mezcla que le llega al público a través del equipo principal, observamos dos dificultades. Por una parte la creencia, muchas veces injustificada, de que el nivele necesario para realizar el concierto ha de superar los 100 dB(A), para que el público “sienta” la música en toda su intensidad. Y por otra la necesidad de elevar el volumen que en la  mayoría de los casos se debe a que el ruido del aforo es muy elevado, ya que el público no escucha la música, sino que participa con “ entusiasmo”, lo que hace que se necesiten al menos 6dB(A) sobre el ruido de fondo para conseguir una dinámica agradable. esto hace que locales con aforos medianos de 100 personas generen un ruido de aforo en torno a los 90 dB(A)  con lo que por la permisa anterior tenemos que esperar niveles mínimos en el interior del orden de los 96 dB(A)

 Resumiendo, la emisión sonora del concierto en directo, es una fuente compleja con diversos factores a tener en cuenta y que depende, del tipo de actuación, del volumen del local donde se realice y  del posible público que vaya asistir a dicho concierto. Conclusión, para la realización del concierto se habrá que exigir  permisos y a  la hora de dar las licencias o autorizaciones, se han de pedir unos requisitos particularizados para cada caso y con unas medidas correctoras adecuadas a cada evento.

 A la hora de estudiar los requisitos de la autorización, partiendo de lo complejo que resulta ser la fuente sonora en un  concierto en directo, habría que establecer superficies mínimas para en función del tipo de concierto y asignar aforos, teniendo en cuenta tiempos de reverberación en el interior del local, y por supuesto definir un aislamiento mínimo para cada tipo de concierto y aforo esperado, para fijar el espectro máximo que se puede emitir en la actuación.

Como ejemplo y  para hacernos una idea,  pensando en un aforo pequeño de 100 personas y con un grupo que utilice una batería como elemento de percusión;  el nivel equivalente esperado sería de 103 dB(A),  con picos que alcanzarían los 110 dB(A).  Si queremos cumplir la Normativa y utilizamos como niveles transmitidos los especificados por la Normativa de  un Leqk 5” de 30 dB(A), nos encontramos con que el aislamiento mínimo estaría entorno a los 82 dB. En estas circunstancias el número de locales a los que se les puede aplicar la medida es mínimo. Siendo muy pocos los locales que pueden contener conciertos en directo con un instrumento acústico como es una batería.  Y con la duda razonable, de que por  muy grande que sea el aislamiento, la fuente sonora siempre lo podrá sobrepasar, sino se exige un elemento de control que impida que se superen los niveles máximos que permita el aislamiento.

Si se admiten los elementos de control, estos deberán de contar con las características necesarias que hagan que se cumpla con los  niveles de inmisión exigidos por   las Normativas, y que al mismo tiempo permitan que los artistas puedan realizar sus actuaciones con garantías de no ser atacados por el elemento de control: sin cortes y sin paradas en las “subidas”.

Para llegar a situaciones plausibles habría que adoptar medidas que se podrían denominar especiales, (exclusivamente para la actuación permitiendo) en función del horario, relajar las condiciones  de Normativa usando un índice de calidad menos exigente, no en su valor absoluto, sino en su tiempo de integración.  Además si esta medida pudiese ser gobernada por las autoridades, mediante una monitorización adecuada que aplicase un tipo de protección en función de la actuación y del horario, haríamos posible que los locales se acogiesen a las actuaciones en directo adecuadas a sus instalaciones con las medidas correctoras pertinentes.  Y de este modo conseguiríamos  que en casa de los vecinos, el ruido transmitido estuviese en 25 dB(A) medidos en nivel equivalente 1 minuto en vez de 30 en 5 segundos.

Concluimos que con estos parámetros en la limitación serían necesarios y suficientes para las actuaciones en directo se puedan realizar sin incrementar la molestia y sin que los artistas se vean agredidos por el elemento de control, equipos con estas características existen en el mercado, EcuDap ha lanzado recientemente un modelo con un algoritmo específico para actuaciones en directo, denominado One@ll (one2all) que hace: que se cumpla con los  niveles de inmisión exigidos por   las Normativas, y que al mismo tiempo permite que los artistas puedan realizar sus actuaciones con garantías de no ser “atacados” por el elemento de control: sin cortes y sin paradas en las “subidas , sin obviar que siempre ha de existir un asilamiento mínimo y que los elementos de control pueden mantener las emisiones en unos límites pero nunca suplir el aislamiento.

 


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