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Tecnología y música en directo.

Seguimos en la línea marcada en las últimas aportaciones al blog.

Volvemos a hablar de limitación y de música en directo. Se consolida la idea de que no se permite por parte de las autoridades locales la música en directo, y que esto se debe a una campaña orquestada por las corporaciones municipales para erradicar la cultura musical. Sin ser asunto de esta entrada, quizás deberíamos plantearnos a qué estamos llamando música en directo, y que es cultura musical.

No hay nada menos cierto que los Ayuntamientos quieran erradicar la música en vivo de los locales de las ciudades. La evolución en la gestión municipal de los diferentes focos de molestia es casi siempre aplaudida por los ciudadanos, y nos vamos a casos concretos, se fomenta el uso de la bicicleta, peatonalización de las calles para una mejora del tránsito de peatones por las ciudades, disminución de la polución, menos ruido, menos tráfico...en definitiva "miel sobre hojuelas", hasta que en esta gestión de la molestia por parte de los Ayuntamientos "toca" el ocio.

Qué sucede con el ocio en las ciudades, primero se convierte en un foco de molestia, en el sentido literal ya que, por ejemplo:

  1. Se invaden espacios habilitados para los peatones con las terrazas
  2. El carga y descarga de bebidas y otras materias primas obligan a que se llenen de vehículos las zonas peatonales.
  3.  Concentraciones y aglomeraciones de gente en la puerta, fumando, o deseando entrar al local de moda.
  4. Exceso de aforo en cada local, con el consiguiente riesgo para la gente del interior, y sobre todo en caso de problemas, o accidentes ¿derivación de responsabilidad hacia quién?

Sin embargo, esto tampoco es tema de este post. Dentro de la gestión municipal, una de las normas más difíciles de aplicar es la concerniente al tema del ruido. Estas normativas aparte de definir un espacio de convivencia, determinan los niveles de protección al entorno provocado por cualquier tipo de actividad, tanto industrial como de ocio. En todo caso, el ciudadano de a pie, conoce y comprende que se limiten las emisiones de gas o de aguas contaminadas por parte de una factoría, sin embargo, no es capaz de imaginar lo que implica un exceso de emisión a su entorno por parte de una actividad de ocio.

Dentro de las normativas, existen dos puntos destinados al control de las emisiones que ocurren en su interior, uno es el aislamiento como elemento pasivo, y otro el limitador de sonido espectral, que actúa no como elemento de castigo, si no como elemento complementario al aislamiento, y por tanto elemento activo de control.

Dicho esto, y ya aterrizando sobre la idea del post, al igual que al plantearnos la compra de un vehículo para nuestro desplazamiento, valoramos las necesidades que queremos cubrir, tanto de prestaciones, como seguridad, etc... A la hora de valorar una actividad de ocio es muy importante conocer qué puedes hacer dentro, y qué mínimos exige la normativa. Evidentemente no se pueden servir copas a través de un surtidor de gasolina. Como se está observando estos últimos días en la prensa se encuentran múltiples referencias a la realización de conciertos en bares y restaurantes, en todas ellas los ayuntamientos quieren autorizar los conciertos siempre y cuando se cumplan los requisitos de mantener las molestias dentro de los parámetros exigidos por la Normativa mediante la existencia de un elemento de control y el aislamiento necesario. En la parte activa del control, se ha de valorar muy bien el tipo de limitador que puedes colocar, ya no solo por su funcionamiento, acorde con las exigencias municipales, o su precio, si no por las posibilidades que te ofrece a la hora de configurar el tipo de actividad a desarrollar.

Desde el lanzamiento del nuevo Ecudap EQD 50SR One@ll, Pdaudio ha introducido,además de las nuevas funcionalidades como equipo, un perfeccionamiento de los algoritmos de predicción de la limitación haciéndolos más inteligentes y adaptativos al tipo de actividad que se va a proteger, estos nuevos algoritmos, además, se han ido añadiendo a todos los modelos de EQD 50SR lo que les da la posibilidad de adaptar el funcionamiento del equipo, a través de sus algoritmos de limitación, en los que en instalación, o mediante presets en el caso del equipo Procesador EQD50SR One@ll, se puede seleccionar el funcionamiento de forma que se adapta al tipo de actividad que se desarrolla en el local. Los equipos a partir de aquí Disponen del algoritmo clásico denominado W@tchdog y característico de los EQD 50SR, basado en una vigilancia exhaustiva del nivel, muy recomendado si el local está en una zona conflictiva, y con problemas vecinales enquistados. Un segundo algoritmo, en el que se ha primado la calidad musical combinando la evolución del espectro trasmitido y su evolución temporal que da como resultado un suavizado del funcionamiento de la limitación, permitiendo mucha más dinámica en la música, de forma que tanto DJ’s como controladores de eventos puedan trabajar con mayor control de la situación, sin perjudicar al nivel de protección en casa del vecino. Por último, como mayor cambio, se ha puesto a disposición de los usuarios, un algoritmo creado para la música en directo, de forma que ésta pueda estar controlada por el equipo limitador, de forma que la acción del limitador sea capaz de mantener la dinámica del concierto sin molestar a los músicos y cantantes en su ejecución, este algoritmo se basa en determinar “el punto funcionamiento” del concierto y una vez fijado evaluar las dinámicas para ejercer el control sin molestia y así cualquier evento en directo pueda ser controlado por el mismo manteniendo los niveles establecidos por la normativa en casa del vecino.

Es posible realizar conciertos en directos cumpliendo con la Normativa?

Últimamente estamos oyendo, que una medida para fomentar la cultura es  permitir y promover las actuaciones en directo en locales de ocio, con justificaciones tales como que "la música no es un ruido", lo cual es cierto para los que están en el recinto del concierto, pero pasadas las fronteras del recinto se convierte en una señal contamínate que seguramente muchos tomaran como una molestia.

Aparentemente esta decisión no presenta más que ventajas, ya que permitiría que grupos de música noveles tuviesen acceso al contacto con el público, lo que mejoraría, sin duda, su difusión y posible financiación. El problema en que fuera del recinto del local la música se convierte en ruido por lo que no todos los locales reúnen las condiciones acústicas  necesarias respecto las condiciones de las fuentes sonoras y el aforo que tienen que albergar.  Resulta imprescindible conjugar, al mismo tiempo, el permiso de estas actuaciones en directo, con el respeto escrupuloso de las normativas de emisión en materia de ruido hacia el exterior y locales colindantes; en su mayor parte viviendas.

Realizar actuaciones  en directo presenta ciertas particularidades  a tener en cuenta desde el punto de vista de la fuente emisora. La primera y fundamental es que tenemos dos fuentes en una. Por una parte está el equipo que sonoriza la sala y que da servicio al público asistente;  y por otra está la parte de monitores que da retorno a los artistas y que les permite “oírse”. Esta fuente parece ser fundamental para el buen resultado del concierto, pero presenta ciertas dificultades a la hora de realizar el control de emisión, ya que una limitación fuerte hace que el artista tenga un falso retorno en las subidas y esto hace que se desgañite o desafine.  Este problema también se presenta en los karaokes, y es más notorio cuando los locales son pequeños y hay poca separación entre intérprete  y público.  Una forma sencilla de solucionar estos problemas hoy día es el uso de “pinganillos” que permiten enviar al artista la mezcla que él considera mejor, sin afectar a los demás músicos ni tampoco al público; aunque por desgracia  a veces no se dispone de esta solución.

La segunda fuente es la mezcla que le llega al público a través del equipo principal, observamos dos dificultades. Por una parte la creencia, muchas veces injustificada, de que el nivele necesario para realizar el concierto ha de superar los 100 dB(A), para que el público “sienta” la música en toda su intensidad. Y por otra la necesidad de elevar el volumen que en la  mayoría de los casos se debe a que el ruido del aforo es muy elevado, ya que el público no escucha la música, sino que participa con “ entusiasmo”, lo que hace que se necesiten al menos 6dB(A) sobre el ruido de fondo para conseguir una dinámica agradable. esto hace que locales con aforos medianos de 100 personas generen un ruido de aforo en torno a los 90 dB(A)  con lo que por la permisa anterior tenemos que esperar niveles mínimos en el interior del orden de los 96 dB(A)

 Resumiendo, la emisión sonora del concierto en directo, es una fuente compleja con diversos factores a tener en cuenta y que depende, del tipo de actuación, del volumen del local donde se realice y  del posible público que vaya asistir a dicho concierto. Conclusión, para la realización del concierto se habrá que exigir  permisos y a  la hora de dar las licencias o autorizaciones, se han de pedir unos requisitos particularizados para cada caso y con unas medidas correctoras adecuadas a cada evento.

 A la hora de estudiar los requisitos de la autorización, partiendo de lo complejo que resulta ser la fuente sonora en un  concierto en directo, habría que establecer superficies mínimas para en función del tipo de concierto y asignar aforos, teniendo en cuenta tiempos de reverberación en el interior del local, y por supuesto definir un aislamiento mínimo para cada tipo de concierto y aforo esperado, para fijar el espectro máximo que se puede emitir en la actuación.

Como ejemplo y  para hacernos una idea,  pensando en un aforo pequeño de 100 personas y con un grupo que utilice una batería como elemento de percusión;  el nivel equivalente esperado sería de 103 dB(A),  con picos que alcanzarían los 110 dB(A).  Si queremos cumplir la Normativa y utilizamos como niveles transmitidos los especificados por la Normativa de  un Leqk 5” de 30 dB(A), nos encontramos con que el aislamiento mínimo estaría entorno a los 82 dB. En estas circunstancias el número de locales a los que se les puede aplicar la medida es mínimo. Siendo muy pocos los locales que pueden contener conciertos en directo con un instrumento acústico como es una batería.  Y con la duda razonable, de que por  muy grande que sea el aislamiento, la fuente sonora siempre lo podrá sobrepasar, sino se exige un elemento de control que impida que se superen los niveles máximos que permita el aislamiento.

Si se admiten los elementos de control, estos deberán de contar con las características necesarias que hagan que se cumpla con los  niveles de inmisión exigidos por   las Normativas, y que al mismo tiempo permitan que los artistas puedan realizar sus actuaciones con garantías de no ser atacados por el elemento de control: sin cortes y sin paradas en las “subidas”.

Para llegar a situaciones plausibles habría que adoptar medidas que se podrían denominar especiales, (exclusivamente para la actuación permitiendo) en función del horario, relajar las condiciones  de Normativa usando un índice de calidad menos exigente, no en su valor absoluto, sino en su tiempo de integración.  Además si esta medida pudiese ser gobernada por las autoridades, mediante una monitorización adecuada que aplicase un tipo de protección en función de la actuación y del horario, haríamos posible que los locales se acogiesen a las actuaciones en directo adecuadas a sus instalaciones con las medidas correctoras pertinentes.  Y de este modo conseguiríamos  que en casa de los vecinos, el ruido transmitido estuviese en 25 dB(A) medidos en nivel equivalente 1 minuto en vez de 30 en 5 segundos.

Concluimos que con estos parámetros en la limitación serían necesarios y suficientes para las actuaciones en directo se puedan realizar sin incrementar la molestia y sin que los artistas se vean agredidos por el elemento de control, equipos con estas características existen en el mercado, EcuDap ha lanzado recientemente un modelo con un algoritmo específico para actuaciones en directo, denominado One@ll (one2all) que hace: que se cumpla con los  niveles de inmisión exigidos por   las Normativas, y que al mismo tiempo permite que los artistas puedan realizar sus actuaciones con garantías de no ser “atacados” por el elemento de control: sin cortes y sin paradas en las “subidas , sin obviar que siempre ha de existir un asilamiento mínimo y que los elementos de control pueden mantener las emisiones en unos límites pero nunca suplir el aislamiento.

 

Sobre los limitadores de sonido.

Cuando la legislación impone uno de estos aparatos diabólicos, las discusiones entre proveedores, instaladores y por último usuarios puede hacer que la sangre llegue al río.

Los primeros porque se desgañitan intentando poner en todas sus características que su equipo no afecta a la calidad musical o que no provocan cortes en la emisión, o que son más rápidos, o que son…mejores en definitiva que los de los demás.

Los instaladores solo quieren que no cueste mucho dinero, y obtener el mayor beneficio de lo que ponen, ya se encargarán ellos.

Y por último los usuarios finales, en este grupo se engloban los propietarios de los locales y los DJ (pinchas o similar), básicamente la filosofía de esta gente es que si no existieran los limitadores, mejor.

Como aquí no se va a tratar el tema de si limitadores Sí, o limitadores No, las normativas son claras, o directamente dicen que se debe poner, o habla de valores máximos de emisión, y solo con un limitador con unas características determinadas se puede llegar a cumplir esas normativas.

Entonces, una vez que ha aparecido la necesidad, qué es lo que me van a poner? En todos los casos, si eres el propietario de un local lo normal es que te pongan lo que más le interese a tu instalador. Pero aún así, no está de más que sepas algún concepto de limitación.

Volviendo a la exigencia legal, muchas normativas hablan de un nivel máximo en el interior del bar, y además de un valor máximo en casa del vecino. Claro, esto parece sencillo, con un compresor de los que hay en el mercado, puedo conseguir un buen resultado, pero no es así, puede que con ruido rosa, sí se estén cumpliendo los parámetros indicados por la ley, pero quizás con una canción los niveles se hayan superado con creces, y con otras no. Para eso hay leyes que hablan, y fabricantes que se esmeran en señalarlo en su publicidad, que sus limitadores son espectrales. Esto qué quiere decir? El principio es sencillo, analizan la energía recogida por su sensor (este puede ser la caja que hay en el rack con el equipo de música, o el micrófono) en cada una de las bandas de frecuencia (bandas de octava o 1/3 de octava) unos lo hacen en todo el espectro, otros (la mayoría) en las bandas más molestas para el vecino (hasta 2 kHz es suficiente), con ese cálculo más los valores de aislamiento del local, obtienen el resultado en casa del vecino, y a partir de ahí pueden actuar. Y aquí es donde se presentan las grandes diferencias, y que conviene tener claro lo que se busca.

Por un lado están los limitadores que reecualizan la señal, teóricamente esta es la mejor manera de limitar un local, ya que siempre se va a conseguir el máximo nivel de presión sonora en el local, pero…a cualquier precio? Durante unos años hubo limitadores que hacían esa reecualización de forma dinámica, eso para un DJ era una locura, ya que era difícil mantener siempre el mismo “sonido”, el paso de los años ha conseguido que se haya hecho una simplificación de este funcionamiento, y cada vez más haya limitadores que bloqueen un espectro de emisión (básicamente volvemos a hablar de un ecualizador/compresor) calculando el valor máximo en cada una de las bandas de frecuencia, que mantengan un nivel de presión sonora constante, pero reecualizando esa señal. De forma intuitiva se puede concluir que si los valores que molestan son los graves, lo primero que va a desaparecer del espectro musical son todas esas frecuencias. Hay otros equipos, que haciendo ese mismo análisis espectral de energía por banda de frecuencia, calculan el nivel transmitido a casa del vecino, y en función del resultado actúan sobre el volumen total del equipo de música sin tocar el espectro, claro, esto tiene una desventaja importante, y es que no siempre vamos a conservar el máximo nivel de presión dentro del local, pero sí, siempre vamos a tener la misma ecualización que a la entrada del limitador.

Aunque el dispositivo no es el mismo, estamos hablando de un limitador para edición y producción de música, la filosofía de lo que estoy contando (desventajas de la reecualización) pongo el funcionamiento de un limitador multibanda, que reecualiza la señal. http://www.youtube.com/watch?v=LGnfQAEKUeU

Un limitador de sonido no es un policía:

Esta es la visión que se tiene desde el mundo de la hostelería. Efectivamente desde las autoridades locales quieren conocer todo lo que sucede en un local para poder sancionar, y ante esto queda resolver la pregunta ¿cómo aporta valor añadido a mi actividad?
Se puede seguir el camino de lo obvio, “lo pongo porque me lo exige la ley”, sistemas que mantienen el nivel sonoro en el local existen unos cuantos, podría enumerarlos, desde un sencillo compresor, hasta un dispositivo que te informa de forma online de los niveles de tu local, pero ninguno de ellos te garantiza que estés realizando tu actividad sin molestar al vecindario. Uno de los errores que se han cometido a la hora de legislar es el de obligar a tener un nivel máximo dentro de una actividad sin tener en cuenta las condiciones acústicas de la misma, esto ha creado grandes desequilibrios entre locales donde se ha hecho una gran inversión para hacer un acondicionamiento acústico serio y los locales que entre dos amigos lo han revestido con el material que han comprado en internet, ambos probablemente la ley los considere igual, y el nivel máximo en el interior de esos locales no deba superar los 95 dB, cara al cliente no hay diferencia, pero que pasa si preguntamos al vecino o vemos la influencia de cada local en la calle? La respuesta es fácil, el primer local no estará generando ninguna molestia, incluso tenga un margen suficiente para tener más nivel, y el segundo local esté recibiendo quejas continuadas, dado que el vecino mientras trata de conciliar el sueño esté repasando sin esfuerzo la lista de éxitos de la semana.
En este punto entra el valor añadido de un limitador, ya que no solo puede ofrecer lo mismo que cualquier sistema de visualización de datos online, durante el funcionamiento de la actividad te mostrará qué niveles se están produciendo en el local, además de mostrarte posibles alertas de un funcionamiento indebido por parte de quien está manejando el equipo de música. Por otro lado el limitador te garantiza que con una correcta instalación te mantendrá el máximo nivel en el interior de tu actividad sin molestar a tus vecinos. Sigue existiendo el corsé del nivel máximo que autorizan en tu localidad, te voy a poner un ejemplo: En muchas ciudades no te permiten tener más de 95 dB y además te exigen tener un aislamiento de tu local de 70 dB. Esto, a la hora de comenzar con una actividad te hace pensar en la calidad de tu inversión, para qué hacer el esfuerzo en mejorar tu aislamiento y las capacidades de tu local, si con esa inversión no vas a poder desarrollar tu actividad de mejor manera que otros locales, y además te obligan a montar un ¡limitador! Con ese nombre, ese cacharro no te puede favorecer. Sin embargo, si no tuvieras la limitación de nivel máximo en tu local, tu planteamiento cambia, planificando tu inversión, puedes llegar a tener aislamientos superiores a los 70 dB mínimos exigidos, por ejemplo llegar a los 75 dB de aislamiento y teniendo en cuenta que a tu vecino no puedes hacerle llegar más de 25 dB, con un limitador que te garantice el nivel en casa del vecino (esos que se dicen espectrales, EcuDap,Cap 21 y Cesva) podrás llegar a los 100 dB. Como ves no es el Limitador el que está provocando un perjuicio en tu actividad, la mala aplicación de la ley es la que te está perjudicando.
Y a todo esto, ¿qué mas ventajas puedo tener con un limitador frente a los sistemas que solo me dicen que nivel tengo en mi local?

Primero lo ya comentado, en función del acondicionamiento del local podrás tener el máximo nivel sin molestar al vecino.
Segundo, un sistema de información de niveles efectivamente no está controlando tu equipo de música, te conviertes en tu propio gestor, sin embargo aunque creas que estás cumpliendo con el nivel máximo de tu local sin ser consciente de ello tu actividad estará generando molestia con tus vecinos. Además debes estar permanentemente alerta, horas y horas de funcionamiento de tu local pendiente de un ordenador conectado a internet?
Tercero antes de que se produzca cualquier pico o subida indeseada de la música un limitador de prevendrá de ello
Cuarto, en su función de policía, si estás trabajando bien, te garantiza que nadie podrá decir que haces las cosas mal, ya que tendrás los datos de funcionamiento de tu local para poderlos mostrar en caso de que alguien te señale como el culpable de cerrar fuera de horario, o de generar molestias cuando tu bar estaba cerrado.
Quinto podrás dejar que cualquiera se haga cargo de la música en tu local, tendrás las herramientas suficientes para conocer qué sucede, y además la tranquilidad que aporta saber que con un equipo limitador de forma involuntaria nadie superará los niveles establecidos para tu actividad.
Sexto dispones de herramientas que puedes dar a conocer a tus clientes como el confort acústico que hay en tu actividad.
Sigues pensando que un limitador sólo es un policía en tu local?

 

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